Divulgación de Información de Productos y riesgos
1. Propósito
Esta declaración de productos y divulgación de riesgos proporciona una descripción detallada de los tipos, formas y características de los productos derivados de tipo de cambio ofrecidos bajo la autorización de la CMF “Intermediación de instrumentos Financieros” ofrecidos por Ebury Partners Chile SpA ("Ebury"). Esta declaración se encuentra debidamente actualizada a fecha: Abril de 2026.
El presente documento detalla la información necesaria para informar a los clientes potenciales sobre los productos de Ebury. Además, tiene como objetivo proporcionar una lista no exhaustiva de los riesgos asociados a la negociación de productos catalogados como derivados de divisa y otros aspectos significativos de dichos instrumentos.
Usted no debe operar con derivados a menos que comprenda la naturaleza del contrato que está celebrando y los riesgos asociados. Asimismo, debe estar convencido de que el contrato es adecuado para usted considerando sus circunstancias, objetivos y posición financiera.
Los productos ofrecidos por Ebury son contratos de derivados Over the Counter ("OTC"), específicamente:
- Contrato de Forward Cerrado: Forward de divisa por entrega física a fecha fija
- Contrato de Forward Flexible: Forward de divisa por entrega física a fechas variables
- Contrato de Forward No Entregable (“NDF”): Forward de divisa por compensación, sin entrega física
Los contratos se firman en base al modelo de contrato Anexo n°1 en el marco de las Condiciones Generales Contratos de Derivados en el Mercado Local, reconocidos por el Banco Central de Chile mediante Acuerdo de Consejo N° 2337-05-200903, firmado entre Ebury y el Cliente.
Si bien los instrumentos derivados pueden utilizarse para la gestión de riesgos, algunos pueden no ser adecuados para todos los inversionistas. Los distintos instrumentos implican diferentes niveles de exposición al riesgo. Al decidir si operar con ellos, usted debe ser consciente de que podría estar expuesto a los siguientes riesgos (lista no exhaustiva):
- Riesgo de Contraparte
- Riesgo de Liquidez
- Riesgo de Mercados Externos y Divisas
- Riesgo de Volatilidad
- Riesgo de Mercado
- Fuerza Mayor
- Riesgo de Colateral
- Riesgo de Caja
Recomendamos leer esta divulgación de información de productos y riesgos en su totalidad antes de decidir acceder a los servicios de Ebury. Este documento no cubre información específica del cliente ni recomendaciones basadas en los objetivos de un cliente en particular. Úselo para decidir si los productos de Ebury se ajustan a sus objetivos individuales y a su perfil de riesgo.
Su Contraparte
Ebury Partners Chile SpA, está inscrita en el Registro de Prestadores de Servicios Financieros ("RPSF") y autorizada para prestar Servicios de Intermediación de Instrumentos Financieros por la Comisión para el Mercado Financiero ("CMF").
Ebury Partners Chile SpA está registrada como empresa de transferencia de dinero ante la Unidad de Análisis Financiero (“UAF").
2. Divulgación de Riesgos
La negociación de derivados OTC implica un riesgo significativo de pérdida y sólo es adecuada para clientes que:
(a) Comprendan y estén dispuestos a asumir los riesgos económicos y de otro tipo asociados a dichos productos.
(b) Tengan suficiente conocimiento y experiencia sobre derivados OTC y sus activos subyacentes, así como en el intercambio de divisas.
(c) Sean financieramente capaces de asumir pérdidas que pueden exceder los fondos provisionados, dado que el contrato puede perder su valor.
Los productos derivados conllevan un alto nivel de riesgo. Se requiere que las personas que operen estos productos entiendan los riesgos y las posibles pérdidas derivadas de estas operaciones.
Tenga en cuenta:
Esta Divulgación de Riesgos no pretende dirigirlo hacia ningún producto de Ebury, sino meramente proporcionarle información sobre los riesgos que podrían aplicarse al operar con nosotros. Estos riesgos pueden ocurrir de forma conjunta y afectar su relación con Ebury en cualquier momento.
Para operar contratos forward, Ebury podría requerir una provisión de fondos adicional, establecido en las Condiciones de Crédito, si el mercado se mueve en su contra y su provisión de fondos existente no cubre su posición. (Vea la sección de Requerimiento de Provisión de Fondos Adicional).
Riesgos por Tipo:
- Riesgo de Contraparte: El riesgo de que Ebury no pueda cumplir con los términos del contrato por falta de liquidez o cierre de la empresa. También incluye el riesgo de Ebury con sus propios socios bancarios.
- Riesgo de Liquidez: Dependiendo de la moneda, el mercado puede ser inherentemente menos líquido o más expuesto a fluctuaciones en comparación con las monedas principales (ej. dólar americano, euro, libra esterlina).
- Riesgo de Mercados Externos y Divisas: Las variaciones en los tipos de cambio pueden afectar negativamente el valor, precio y rendimiento del contrato.
- Riesgo de Volatilidad: Los derivados pueden ser altamente volátiles debido a eventos imprevistos fuera del control de Ebury.
- Riesgo de Mercado: El riesgo de fluctuación del mercado y, con ello, del valor Mark-to-Market (MTM) del contrato. Este riesgo se amplifica con el uso de apalancamiento (leverage).
- Fuerza Mayor: Eventos a gran escala (guerras, desastres naturales, pandemias) que afecten la capacidad de Ebury para cumplir el contrato.
- Riesgo de Provisión de Fondos: Si entrega una Provisión de Fondos(transferencia de propiedad), asume un riesgo de crédito contra Ebury.
- Riesgo de Caja: Al ser derivados OTC, se le puede solicitar una Provisión de Fondos Adicionales para cubrir posiciones que estén "fuera del dinero" (Out of the Money).
3. Forward Cerrado
Descripción del Producto:
Es un contrato que permite comprar o vender un Monto Nominal predeterminado de divisas a un tipo de cambio fijo (Tipo de Cambio Forward) en una fecha futura específica (Fecha de Vencimiento). Permite fijar el tipo de cambio hoy y protegerse de fluctuaciones desfavorables.
Ventajas:
- Protección: protege contra movimientos adversos del tipo de cambio entre la fecha de contratación y la Fecha de Vencimiento.
- Disponibilidad: Disponible en una gran variedad de pares de divisas.
- Términos Flexibles: La Fecha de Vencimiento y el Monto Nominal se establecen de acuerdo a lo requerido por el cliente al momento de la contratación.
Desventajas:
- Ganancia limitada: Pierde el beneficio de un tipo de cambio más favorable si el tipo de cambio se mueve a su favor en el mercado spot entre la fecha de contratación y la fecha de Vencimiento.
- Costos potenciales: Cancelaciones o modificaciones pueden generar costos al cliente.
- Vencimiento fijo: Debe liquidarse obligatoriamente en la fecha de vencimiento.
- Requerimiento de Provisión de Fondos Adicional: si el Tipo de Cambio Spot se mueve en contra del cliente, Ebury podría solicitar una provisión de fondos adicional para cubrir parte o la totalidad de la posición fuera del dinero (out-the-money) del cliente.
Ejemplo:
Un cliente quiere protegerse de un alza en el USD/CLP por USD 1.000.000 a 6 meses. El Precio Forward es 910. Al vencimiento, el cliente entrega CLP 910.000.000 y recibe USD 1.000.000, sin importar si el dólar en el mercado está a 930 u 890.
4. Forward Flexible
Descripción del Producto:
Es un contrato que otorga al cliente la capacidad de comprar o vender un Monto Nominal total de divisas (a una tasa de cambio predefinida o Tipo de Cambio Forward) desde una fecha específica hasta la Fecha de Vencimiento. El cliente tiene la opción de realizar Disposiciones en cualquier fecha durante el periodo definido y por cualquier monto, hasta alcanzar el Monto Nominal del contrato. Un Forward Flexible le permite fijar un Tipo de Cambio específico hoy y lo protege de fluctuaciones desfavorables.
Ventajas
- Protección: protege contra movimientos adversos del tipo de cambio entre la fecha de contratación y las fechas de las disposiciones de fondos que realice.
- Disponibilidad: Disponible en una gran variedad de pares de divisas.
- Términos Flexibles: La Fecha de Vencimiento, la fecha de inicio de las disposiciones de fondos y el Monto Nominal se establecen de acuerdo a lo requerido por el cliente al momento de la contratación.
- Flexibilidad: pueden liquidarse parcial o totalmente en cualquier fecha dentro del periodo entre la fecha de inicio de las disposiciones de fondos hasta la Fecha de Vencimiento .
Desventajas
- Ganancia limitada: Pierde el beneficio de un tipo de cambio más favorable si el tipo de cambio se mueve a su favor en el mercado spot entre la fecha de contratación y la Fecha de Vencimiento.
- Costos potenciales: Cancelaciones o modificaciones pueden generar costos al cliente.
- Vencimiento fijo: Debe liquidarse obligatoriamente en la fecha de vencimiento.
- Requerimiento de Márgen: si el Tipo de Cambio Spot se mueve en contra del cliente Ebury podría solicitar una provisión de fondos (Margin Call) para cubrir parte o la totalidad de la posición fuera del dinero (out-the-money) del cliente.
Ejemplo Al celebrar un contrato de Forward Flexible, usted define al momento de contratar: el Monto Nominal, las monedas involucradas, la fecha de inicio de las disposiciones de fondos y la Fecha de Vencimiento.
Por ejemplo: Un cliente desea protegerse contra un alza en el USD/CLP y necesita cubrir USD 1.000.000 durante un periodo de 6 meses, con un inicio de disposiciones de fondos en 2 meses. El Tipo de cambio Forward USD/CLP a 6 meses es de 910.
En cada fecha de desembolso, el cliente liquidará la parte del Monto Nominal que esté utilizando al Tipo de Cambio Forward acordado de 910.
- Mes 2: El cliente desembolsa USD 200.000 a la tasa de 910, entregando CLP 182.000.000 y recibiendo a cambio USD 200.000.
- Mes 6 (Fecha de Vencimiento): El cliente decide utilizar el saldo de USD 800.000 a la tasa de 910, entregando CLP 728.000.000 y recibiendo a cambio USD 800.000.
Escenarios de Ejemplo
- Escenario 1: Al vencimiento, el Tipo de Cambio USD/CLP cotiza a 930. Dado que el Tipo de Cambio Forward acordado es 910, el cliente está obligado a comprar el saldo del Monto Nominal de USD 800.000 a 910 (obteniendo un beneficio frente al mercado).
- Escenario 2: Al vencimiento, el Tipo de Cambio USD/CLP cotiza a 890. Dado que el Tipo de Cambio Forward acordado es 910, el cliente está obligado a comprar el saldo del Monto Nominal de USD 800.000 a 910 (cumpliendo el contrato a una tasa superior a la del mercado).
5. Forward no Entregable (“NDF”)
Descripción del Producto:
Es un contrato que lo protege contra movimientos desfavorables en el Tipo de Cambio. Es un contrato de liquidación por diferencia (o por compensación), lo que significa que no existe un intercambio físico de divisas al vencimiento, a diferencia de una transacción de un Forward Cerrado. En su lugar, se genera una única posición de flujo de caja pagadera ya sea por usted o por Ebury. Se acuerda un Tipo de Cambio Forward por adelantado, junto con un Tipo de Cambio de Referencia y la fuente de la referencia.. El Tipo de Cambio Forward y el Tipo de Cambio de Referencia se utilizan para calcular el Monto de Liquidación del flujo de caja pagadero en la Fecha de Vencimiento.
Un NDF podría ser adecuado para ayudar a gestionar su riesgo cambiario derivado de la exportación o importación de bienes adquiridos en moneda extranjera, inversiones o préstamos, repatriación de utilidades o fondos, conversión de dividendos en moneda extranjera o liquidación de acuerdos monetarios.
Un NDF sólo debe utilizarse cuando se tenga una necesidad comercial de mitigar el riesgo de tipo de cambio asociado a una moneda extranjera. No debe utilizarse con fines especulativos.
Ventajas
- Protección: Los NDF brindan protección contra movimientos cambiarios desfavorables entre la fecha de contratación del NDF y la Fecha de Vencimiento.
- Disponibilidad: Los NDF están disponibles en una gran cantidad de monedas.
- Mercados restringidos: En mercados o monedas donde las regulaciones no permiten la entrega física de la divisa, los NDF ayudan a mitigar el riesgo cambiario.
- Términos flexibles: La fecha de Vencimiento y el Monto Nominal pueden adaptarse para satisfacer las necesidades y objetivos del cliente.
Desventajas
- Ganancia limitada: Pierde el beneficio de un tipo de cambio más favorable si el tipo de cambio se mueve a su favor en el mercado spot entre la fecha de contratación y la Fecha de Vencimiento.
- Costos potenciales: Cancelaciones o modificaciones pueden generar costos al cliente.
- Vencimiento fijo: Debe liquidarse obligatoriamente en la fecha de vencimiento.
- Requerimiento de Provisión de Fondos Adicional: si el Tipo de Cambio Spot se mueve en contra del cliente Ebury podría solicitar una provisión de fondos adicional para cubrir parte o la totalidad de la posición fuera del dinero (out-the-money) del cliente.
Ejemplo Al celebrar un NDF, el cliente define al momento de la reserva: el Monto Nominal, las monedas involucradas (la moneda de liquidación y la moneda objetivo) y la Fecha de Vencimiento.
Por ejemplo: Un cliente desea protegerse contra una caída del USD/CLP y necesita cubrir USD 500.000 por un periodo de 3 meses. La tasa NDF de USD/CLP a 3 meses es de 905.
Escenarios de Ejemplo
- Escenario 1: Al vencimiento, el Tipo de Cambio de Referencia (Dólar Observado) es de 890. El Tipo de Cambio Forward acordado era de 905, por lo tanto, el NDF genera una posición de flujo de caja positiva de: (500.000 * 905) CLP 452.500.000 - (500.000 * 890) CLP 445.000.000 = CLP 7.500.000. Ebury liquidará entonces CLP 7.500.000 a favor del cliente.
- Escenario 2: Al vencimiento, el Tipo de Cambio de Referencia (Dólar Observado) es de 915. El Tipo de Cambio acordado era de 905, por lo tanto, el NDF genera una posición de flujo de caja negativa de: (500.000 * 905) CLP 452.500.000 - (500.000 * 915) CLP 457.500.000 = -CLP 5.000.000. El cliente liquidará entonces CLP 5.000.000 a favor de Ebury.
7. Requerimiento de Provisión de Fondos Adicional
Es un requerimiento de fondos, que se solicita al momento de realizar una transacción o cuando su posición se mueve "fuera del dinero" (Out of the Money - OTM) por un monto superior a su umbral de Margen de Variación. Se solicitará un monto acordado por Provisión de Fondos Adicional, el cual se mantendrá como provisión contra el valor negativo de mercado (Mark-to-Market - MTM) de un contrato o de una cartera de contratos abiertos con Ebury.
Líneas de Crédito Usted tendrá Condiciones de Crédito acordadas con Ebury que especificarán sus porcentajes de Provisión de Fondos Inicial, Margen de Variación y Provisión de Fondos Adicional, así como un límite Nominal máximo y un Plazo máximo para los contratos. Su límite de Margen de Variación ("VM") es el movimiento adverso máximo del mercado que Ebury permitirá antes de activar una Provisión de Fondos Adicional. Su límite de VM se expresa como un porcentaje; mientras menor sea este porcentaje, más pronto recibirá un requerimiento de Provisión de Fondos adicional cuando el mercado se mueva fuera del dinero en relación con su(s) contrato(s) reservado(s). Sus Condiciones de Crédito se determinarán según nuestra evaluación de sus circunstancias comerciales particulares.
Ebury monitorea diariamente el valor MTM de su(s) contrato(s) para determinar si se ha alcanzado su límite de Margen de Variación. Si el valor de mercado negativo agregado de sus contratos excede el límite de VM, Ebury emitirá un requerimiento de Provisión de Fondos Adicional para cubrir la posición.
¿Cómo funciona esto en la práctica? A modo de ejemplo, supongamos que usted es un importador que ha cubierto 12 meses de compras por USD 1,0 millones utilizando un contrato Forward Flexible a un tipo de cambio forward de 910. Ebury ha acordado ofrecer condiciones de crédito en esta operación que no requieren Provisión de fondos Inicial, pero sí un límite de Margen de Variación del 5% y una Provisión de Fondos Adicional del 5%. Durante la vigencia de este contrato, Ebury monitoreará el valor MTM para determinar si se infringe el límite de VM. Si el valor MTM se moviera negativamente exactamente en un 5% (estando, por tanto, USD 50.000 fuera del dinero), se le solicitará una Provisión de Fondos Adicional equivalente al 5% del Monto Nominal, lo que equivale a una provisión de fondos adicional de USD 50.000 para cubrir la posición.
¿Es esto un costo? No. La Provisión de Fondos Adicional: (a) le será reembolsada a usted o al saldo de su cuenta antes del Vencimiento si ya no es necesario (por ejemplo, si la exposición de su(s) contrato(s) retrocede a un nivel que iguale su Margen de Variación menos la Provisión de Fondos total, según sus condiciones de crédito) o (b) simplemente se deducirá del monto de liquidación requerido una vez que el contrato venza.
Usted no tiene derecho a recibir ningún interés ni reajuste sobre la Provisión de Fondos que haya entregado a Ebury.
Liquidación de la Provisión de Fondos Adicional Usted tendrá 48 horas para pagar el monto total de la Provisión de Fondos Adicional desde el momento en que se emita. Si no paga a Ebury dentro de este plazo, Ebury podrá (a su entera discreción) liquidar anticipadamente cualquiera o todos sus derivados vigentes. Si el cierre resulta en cualquier pérdida o montos adeudados a Ebury, Ebury podrá deducir inmediatamente el monto total de dicha pérdida o deuda (junto con los costos) de su Cuenta General de Cliente. Si no hay fondos suficientes en la cuenta para que Ebury deduzca dicho monto, usted deberá pagar cualquier pérdida o monto adeudado a Ebury dentro de las 24 horas siguientes a la notificación del monto total adeudado, de acuerdo con la solicitud de Ebury.
8. Glosario
CLP: Pesos Chilenos.
Condiciones de Crédito: Significa la facilidad crediticia proporcionada por Ebury a su entera discreción para transaccionar derivados de divisas.
Contrato Forward: Es un acuerdo legalmente vinculante entre el cliente y Ebury para intercambiar una moneda por otra a un tipo de cambio acordado, en una Fecha de Valor que sea superior a dos (2) Días Hábiles después de la Fecha de Transacción.
Disposiciones: orden de un cliente para utilizar un monto específico de un contrato de Forward Flexible igual o menor al balance remanente de Monto Nominal.
Día Hábil: Significa un día en el que los bancos están generalmente abiertos para operaciones bancarias en Chipre (o la jurisdicción que rija el contrato principal).
Ebury: Ebury Partners Chile SpA.
Fecha de Contratación: Significa el Día Hábil en el que Ebury celebra un contrato de producto derivados con el cliente.
Fecha de Vencimiento: fecha de término contractual del contrato en que deben liquidarse todas las obligaciones pendientes entre las partes.
Fuera del Dinero (Out-of-the-Money - OTM): Para efectos de derivados, se refiere a cuando el valor de mercado actual del contrato es negativo para el cliente.
Provisión de Fondos Adicional: Consiste en uno o más pagos que Ebury puede requerir, a su discreción, como garantía en relación con una transacción contemplada en esta Divulgación.
Mark-to-Market (MTM): Método para medir el valor de las operaciones de divisas según el mercado actual. Las fluctuaciones del tipo de cambio influyen en este valor, y Ebury lo utiliza para calcular los requerimientos de provisión de fondos adicionales).
Fecha de Vencimiento (Maturity Date): Significa el día en el que se decide el resultado final del Forward.
Monto Nominal: monto de moneda extranjera comprado o vendido en un derivado.
Over the Counter ("OTC"): se refiere a operaciones que se contratan fuera de bolsas de valores directamente entre dos contrapartes.
Tipo de Cambio: Es el valor de una unidad de moneda para efectos de conversión a otra.
Tipo de Cambio Forward: Es el valor acordado al cuál se compra o vende una unidad de moneda en un contrato forward.
Precio Spot o Tipo de Cambio Spot: Significa el tipo de cambio actual del mercado para un par de divisas determinado.
USD: Dólares de los Estados Unidos de América.